En el momento en que se decide que se va a instalar un ascensor en un edificio son muchas las cuestiones que hay que tener en cuenta. Uno de estos puntos es la accesibilidad en los ascensores, es decir el tipo de criterio que se debe cumplir para que personas con movilidad reducida o con discapacidades pueda acceder al mismo. Puede que en ese momento no haya un propietario o inquilino que cuente con estos inconvenientes pero sí podría suceder en el futuro por lo que hay que tenerlos en cuenta desde el inicio, desde el momento en que se va a instalar el nuevo ascensor en el edificio.
Qué criterios se deben cumplir en la accesibilidad en los ascensores
En un principio se suele creer que la accesibilidad está limitada a las propias dimensiones que debe tener la cabina, sin embargo los factores reales de la accesibilidad no están en la cabina sino en todos los accesorios alrededor.
Hay una normativa muy clara, la norma UNE EN 81-70:2004 donde se habla específicamente de la accesibilidad de los ascensores por lo que bien vale la pena conocerla para saber si nuestro ascensor cumple o no con los requisitos allí expuestos.
- -Accesibilidad visual: El color del ascensor debe de poder contratar con el color de las paredes ya que de esta forma se le dará mayor ayuda a las personas que tengan discapacidad visual.
- -Accesibilidad sillas de ruedas: La entrada y salida de quienes portan una silla de rueda será mucho más sencilla si frente a la puerta del ascensor hay un espacio libre en donde no hay ningún tipo de obstáculo o inclinación. Estas puertas deben de tener un ancho no menor a los 80 centímetros con el fin de que la silla de ruedas pueda ingresar. Además, la puerta debe de poder estar abierta por al menos 20 segundos.
Además de lo anterior, el control de la cabina debe de ser de un color contrastado, con caracteres en braille con autorelieve y debe estar a una altura de entre 90 a 110 centímetros y a una distancia de unos 40 centímetros de la esquina de la cabina.
Como puedes ver estas son algunas de las normativas de accesibilidad en los ascensores que se deben cumplir para permitir así la utilización del mismo a todas las personas.